El 19 de octubre de 2021, se firma el Real Decreto 903/2021 por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La firma de este acuerdo nos da un respiro a todas y todos los profesionales que venimos soportando una carga asfixiante en la lucha por la integración de los jóvenes migrantes, además de un aliento de esperanza, pues parece que nuestras quejas han sido escuchadas y caminamos hacia una mayor integración y protección de la infancia migrante. Este articulo pretende dar un repaso a los cambios implantados por este decreto, repasar la inverosímil legislación que manejábamos hasta ahora, pero sobre todo, pretende dar un agradecimiento a todas las personas que trabajamos con esta realidad día a día.

Las migraciones de menores tuvieron su momento cúspide hace tres años, teniendo como conocimiento principal el cierre de fronteras migratorias en el Mar Mediterráneo por parte de Italia y Malta. Asimismo, España recogió un alto índice de menores  extranjeros no acompañados tal y como se ha expuesto en diversos medios de comunicación, entre ellos: – Agencia EFE: más de 4700 “MENAs” han llegado a España. – El periódico La Vanguardia: la Generalitat cierra 2018 atendiendo a 3450 “menas”, el triple que en 2017.

Desde el conocimiento real que tenemos las entidades y profesionales que trabajamos con la infancia migrante, se pusieron en movimiento varios aspectos para facilitar y agilizar el proceso de identificación y documentación necesaria para solicitar el permiso de residencia. Este proceso es bastante lento y complicado al carecer de documentación en la mayoría de los casos. El primer paso es la identificación policial o reseña policial en la que se le adjudica a cada menor un archivo de carácter administrativo en el que figura un Número de Identidad de Extranjería (NIE) y el Número de Identificación Policial (NIP). Este viaje burocrático, es muchas veces hiriente para los niños y niñas migrantes, puesto que les obliga a tener un contacto estrecho con su núcleo familiar para enviar documentos de empadronamiento de su país de origen así como el libro de familia. Dichos documentos son necesarios para solicitar en los diversos consulados la Tarjeta de Nacionalidad y el Pasaporte. Esto, supone en muchos casos el inicio o la acentuación del duelo migratorio. Algunos han salido de casa sin avisar, sin despedirse y se encuentran en el momento de enfrentarse a explicar la migración a sus progenitores, otros han dejado familiares o amigos en el camino y se enfrentan a comunicárselo por primera vez a sus familias Las historias son diversas, pero es innegable que esto abre en todos los menores un doble sentimiento: de indefensión al encontrarse “solo/a” en un país extraño sin ninguna figura que le parezca confiable y por otro lado aparece el pensamiento de que se está juzgando tanto su vida y la de su familia, como el motivo de su migración. Todo esto pone de manifiesto la falta de acompañamiento emocional, de tratamiento y apoyo psicológico que se suma al desamparo de esta infancia.

Con el nuevo Reglamento se asegura que todos los menores de edad que lleguen solos a España y se encuentren bajo la protección de la Administración estén debidamente documentados, pudiendo tramitarse sus autorizaciones de residencia a instancias de los propios niños y niñas y, en cualquier caso, estando obligadas a ello las oficinas de extranjería transcurridos 90 días desde la entrada del menor en el Sistema de Protección. Antes era un plazo de hasta 9 meses para iniciar esto.

Otra de las demandas que estaban puestas sobre la mesa por parte de las entidades que trabajamos con migrantes es la posibilidad de que los permisos de residencia de los niños y niñas extranjeros recogieran la posibilidad de trabajar por cuenta propia y ajena a partir de los 16 años. Y esto es solo equiparar los derechos que tienen todos los menores acogidos por el sistema de protección español. Derecho que recoge la declaración de los derechos del niño y la niña: «El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad». Todos los jóvenes españoles tienen el derecho a trabajar a partir de los 16, pero es que en protección es casi una necesidad, ya que para que puedan alcanzar la autonomía a los 18 años tiene que haber conocido algo del mercado laboral. Gracias a esta nueva reforma igualamos los derechos de todos los niños y niñas acogidos por el sistema de protección. Ahora todos los menores pueden disfrutan de un plan de autonomía que les dé acceso al mundo laboral.

Y quizás la medida que más ha facilitado esta integración de los menores y facilita a su vez los encajes de bolillos que teníamos que hacer las entidades, es el cambio de criterios para renovar la residencia una vez hubieran cumplido 18 años. Anteriormente necesitaban un contrato de trabajo de un año de duración en el que a su vez tuvieran una cuantía de ingresos establecida (vamos un mínimo de ingresos, por lo cual muchos contratos de pocas horas no valían). El hecho de que un/a menor en periodo de formación académica, sin experiencia laboral, consiguiera un contrato de un año era inviable, sin contar con la doble exclusión en la que pueden verse envueltos/as. ¿Qué solía pasar? Pues que los y las jóvenes que estaban próximos a la mayoría de edad, optaban por formaciones cortas y muy prácticas para que les garantizara poder entrar en el mercado laboral, es decir que la posibilidad de cursar estudios superiores o incluso de titular en la ESO pasaba por aceptar que a los 18 años se iban a quedar en situación irregular.

Con el actual cambio de ley, las solicitudes de permiso de residencia son aceptadas en las diversas modalidades, en el caso de una continuidad formativa exime puntualmente de los contratos anuales, además se reduce la acreditación de medios económicos suficientes a una cuantía más adecuada teniendo como indicador el ingreso mínimo vital y además de los contratos de trabajo que superen la cuantía del IMV, también cuenta como soporte las ayudas del sistema social.

Todos estos cambios favorecen y defienden a la infancia migrante, respetan los derechos humanos y ponen más fácil el camino a la integración de estos y estas jóvenes. Parece que frente al odio, el desgaste y el apaleamiento literal y figurado que se le da a la infancia migrante, las cosas serias, la protección y los derechos siguen siendo algo por lo que luchar, cambiar y mejorar. Con la aprobación de este decreto avanzamos hacia la conciliación, la convivencia y el respeto, y por muchas críticas que le podamos sacar desde el «gremio», sabemos que es un avance y una evolución del pensamiento. Aunque en el fondo sea tratar a la infancia como infancia.

Guillermo Garrido educador social

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